504 Viático para los Moribundos


504.1 El Ministro del Viático:

El ministro ordinario del viático es el sacerdote. En caso de necesidad, un diácono o cualquier miembro de los fieles que ha sido debidamente designado puede administrar el viático. (Cuidado Pastoral de los Enfermos no. 29)

Procedimiento:

Un diácono u otro ministro pueden administrar el viático de acuerdo al rito previsto “Viático fuera de la Misa”. (Pastoral de los Enfermos, nn. 197-211)

504.2 Al recibir el Viático:

Cuando sea posible, el Viático debe ser recibido dentro de la Misa, cuando el moribundo sea capaz de participar y responder. Ya que la celebración del Viático generalmente se lleva a cabo en circunstancias que limitan la celebración de la Misa, un Rito para la Misa simplificado puede ser usado. (Cuidado Pastoral de los Enfermos, no. 177-178, 189-196)