Política:
La administración del Sacramento de la Penitencia en la Arquidiócesis de Baltimore deberá estar en completo acuerdo con todos los componentes rituales del Rito de la Penitencia. La práctica pastoral debe de seguir las enseñanzas de la Iglesia y su disciplina.
Procedimiento:
Se debe prestar especial atención a la Constitución del Concilio Vaticano II sobre La Sagrada Liturgia, a la “Instrucción” introduciendo Rito de la Penitencia, y a los cánones pertinentes del Código de Derecho Canónico(cánones 959-991). Esta enseñanza y la disciplina son la base para el desarrollo de la práctica pastoral adecuada.
[1] Para celebrar el Sacramento de la Penitencia en conjunción con el proceso de iniciación véase §308 de esta política, abajo.