104 EUCARISTÍA


La Eucaristía es el tercer sacramento de iniciación. Completa los sacramentos de iniciación. Es esencial alimentar el entendimiento apropiado de que es la Eucaristía, no la Confirmación, la que completa la iniciación. Esto puede ser particularmente desafiante cuando los sacramentos de iniciación no se celebran en el Orden Restablecido -Baptismo, Confirmación, Eucaristía-, no obstante, es imperativo comunicar que la Iniciación Cristiana esta ordenada a la Eucaristía. En otras palabras, los fieles deben “poner el sacramento de la Eucaristía en el centro, como el objetivo de todo el proceso de iniciación” Sacramentum Caritatis §18.

Cada vez que compartimos la Eucaristía, somos iniciados más profundamente en el misterio pascual. Nuestra participación en este sacramento renueva nuestro compromiso de vivir como discípulos y continuar el ministerio de Cristo en el mundo.

104.1. AQUELLOS QUE ESTÁN INVITADOS A PARTICIPAR EN LA MESA EUCARÍSTICA Y SU PREPARACIÓN

Los adultos no bautizados, incluyendo a los niños mayores de 7 años, que participen en el proceso del Rito de Iniciación Cristiana serán iniciados por completo en la Vigilia Pascual (o en otro momento determinado por las necesidades pastorales). En ese momento, habiendo sido bautizado y confirmado, el individuo recibirá la Sagrada Comunión por primera vez. El viaje del catecumenado prepara a los no bautizados para participar en la Eucaristía.

Los adultos bautizados en otras tradiciones cristianas, incluyendo a los niños mayores de 7 años, o aquellos bautizados como infantes en la fe católica, pero que no han sido catequizados, participarán en el Rito de Iniciación Cristiana, adaptado para los bautizados. Esto sucede después de un tiempo adecuado de formación y preparación, que debe decidirse por el individuo y el equipo de formación pastoral. El viaje de conversión continua prepara a los bautizados para participar en la Eucaristía.

Los niños bautizados como infantes en la fe católica pueden estar preparados para recibir la Eucaristía después de haber alcanzado la edad de la razón.

104.1.1. Política:

Los padres, los que toman el lugar de los padres, así como el equipo de formación pastoral comparten la responsabilidad de preparar al niño para la Primera Comunión. CIC, Canon 914. Son responsables de evaluar la disposición del niño para recibir la Primera Comunión. Directorio Nacional de Catequesis, núm. 36 A.3a

Procedimientos:
a) La catequesis para la Primera Comunión proporcionará una catequesis apropiada para la edad y el nivel de desarrollo en la Misa y el misterio de la Eucaristía, que ayude al niño a participar activa y conscientemente, de manera informada y reverente, según lo ordena el marco provisto en el Directorio de Misas para Niños, núm. 12
b) Los niños que pertenezcan a las Iglesias Orientales seguirán los procedimientos para la primera recepción de la Eucaristía solicitada por sus tradiciones, que requieren que el niño reciba la Eucaristía al mismo tiempo que el Bautismo y la Crismación.

Aunque puede haber instancias ocasionales donde el Sacramento de la Reconciliación se demore para los niños bautizados como católicos en edad infantil, esta no es la norma. “En la Iglesia Latina, los niños deben recibir el Sacramento de la Penitencia y la Reconciliación por primera vez antes de su primera recepción de la Eucaristía. Dado que la celebración de la Primera Confesión precede a la Primera Comunión, la Catequesis para el sacramento de la Reconciliación debe preceder a la Primera Comunión y debe distinguirse mediante una separación clara y sin prisas. Esto se debe hacer para que la identidad específica de cada sacramento sea evidente y para que, antes de recibir la Primera Comunión, el niño esté familiarizado con el Rito revisado de la Reconciliación y esté a gusto con la recepción del sacramento”. Directorio Nacional para la Catequesis, núm. 126

104.2 FRECUENCIA DE PARTICIPACIÓN

104.2.1. Política:

Aquellos que hayan sido iniciados en la Eucaristía deben recibir la Sagrada Comunión al menos una vez al año, durante el tiempo de Pascua CIC, Canon 920. Sin embargo, todavía se espera la participación semanal en la Misa.

104.3 MINISTRO DE LA EUCARISTÍA

104.2.1. Política:

El ministro ordinario de la sagrada comunión es un obispo, presbítero o diácono. El ministro extraordinario de la sagrada comunión es un acólito u otro miembro de los fieles designado según el canon 230 §3. CIC, Canon 910.