El bautismo de adultos se considera normativo ya que refleja más claramente el proceso de conversión que es esencial para la iniciación cristiana, así como la unidad de los tres sacramentos de iniciación. Sin embargo, la forma más comúnmente celebrada es el bautismo de los infantes / niños que no hayan alcanzado la edad de la razón.
Un menor de 7 años es considerado un "bebé" con respecto al bautismo. El "infante" no se considera responsable de sí mismo o de haber alcanzado la "edad de la razón", CCI 97§2; 852§2
Los ministros ordinarios del bautismo son los obispos, sacerdotes y diáconos. En peligro inminente de muerte, cuando no haya ningún sacerdote o diácono disponible, cualquier miembro de los fieles, de hecho, cualquier persona con la intención correcta, puede y en ocasiones debe administrar el bautismo. Iniciación Cristiana, Introducción General, núms. 11, 16
102.1.1. Política:
Se espera que los padres católicos que se preparen para el bautismo de sus infantes participen en un proceso de formación sacramental antes del bautismo de su hijo. Los patrocinadores también son alentados a participar en el proceso de formación. CIC 851§2
Las parroquias pueden colaborar con otras parroquias de la región para ofrecer preparación bautismal a los padres.
Procedimientos:
102.1.3. Política:
Se espera que los padres asistan a las sesiones de preparación bautismal antes del bautismo de cada niño. Esta es una excelente oportunidad para involucrar a los padres en la formación de adultos y las oportunidades del discipulado intencional. Cada niño los encontrará en un punto diferente en su propio camino de fe y, por lo tanto, se les recuerda la importancia de entrar en el proceso de preparación de nuevo con cada niño.
Procedimientos:
[El CIC usa el término ‘patrocinador’ para el bautismo de infantes y ‘padrino’ para el bautismo de adultos]
102.2.1. Política:
102.3.1 Política:
El bautismo se puede conferir por vertido o por inmersión. CIC 854
"El bautismo por inmersión es el signo más pleno y más expresivo de la Santa Cena. La preferencia por la inmersión sobre el derramamiento se afirma en el Rito. Rito del Bautismo para Niños Introducción núm. 18.2
102.3.2 Política:
En la Arquidiócesis de Baltimore, cada vez que se erige una nueva iglesia, se debe prever una fuente que permita por lo menos la inmersión de los niños, y para la inmersión de los adultos, si es posible. Ver Edificada con Piedras Vivas
Procedimientos:
En la construcción de una nueva iglesia o la renovación de una iglesia existente, la parroquia debe consultar con la Comisión de Construcción Arquidiocesana y la Oficina de Adoración con respecto a la construcción de la fuente.
102.4.1. Política:
Con el fin de acentuar el carácter pascual del bautismo, la celebración del bautismo de infantes debería tener lugar normalmente los domingos, incluso durante la Misa. La celebración en el contexto de la comunidad parroquial transmite la dimensión comunitaria de las acciones litúrgicas. Rito del Bautismo para Niños Introducción núm. 9; CIC 837§2, 856
Procedimientos:
102.5.1. Política:
Como el bautismo incorpora al infante / niño a la Iglesia, debe celebrarse en la iglesia parroquial de los padres. La iglesia parroquial debe tener una fuente bautismal. Rito del Bautismo para Niños Introducción núm. 10; CIC 857, 858
102.5.2. Política:
No se permiten los bautismos en hogares privados, capillas de escuelas o de hospitales, excepto en casos de emergencia. Rito del Bautismo para Niños Introducción núm. 12,13; CIC 860
102.5.3. Política:
Un infante o niño que fue bautizado en una situación de emergencia puede ser llevado a la iglesia más tarde para completar la ceremonia del bautismo, pero omitiendo el vertido del agua. Rito de Bautismo para Niños, núm. 31§3, 165-185; Rito de Traer un Niño Bautizado a la Iglesia
Procedimientos:
102.6.1. Política:
El ministro ordinario del bautismo es un obispo, un sacerdote o un diácono. En peligro inminente de muerte, cuando un ministro ordinario de bautismo no pueda estar presente, una persona no ordenada puede servir como un ministro extraordinario de bautismo. Rito del Bautismo para Niños Introducción núm. 21§1; CIC 861; Iniciación Cristiana Introducción General, núms. 11, 16; Sacrosanctum Concilium 68
102.6.2. Política:
Los pastores deben proporcionar instrucción a los fieles cristianos sobre el ritual del bautismo en caso de emergencia. CIC 861§2; Iniciación Cristiana Introducción General, núm. 17, Rito del Bautismo para Niños núm. 157-164.
Rito del Bautismo para Niños en Peligro de Muerte cuando no haya ningún sacerdote o diácono disponible
Procedimientos:
102.6.3. Política:
A menos que sea un caso de emergencia, los ministros ordinarios pueden celebrar el bautismo solo en su territorio de jurisdicción. CIC 862; Introducción General de la Iniciación Cristiana, núm. 17
102.6.4. Política:
El bautismo de un menor de catorce años o mayor debe diferirse al obispo, que puede delegar a un sacerdote para conferir el bautismo. CIC 863 Introducción General de la Iniciación Cristiana núm. 17