300 TRANSACCIONES DE BIENES RAÍCES QUE IMPLICAN A EDIFICIOS USADOS O DESTINADOS A SER UTILIZADOS COMO ESCUELA


En virtud del derecho canónico, la venta o arrendamiento de un edificio en uso actualmente o destinado a ser utilizado como escuela se considera un acto de administración extraordinaria y, como tal, requiere la aprobación del Arzobispo. Esta política tiene por objeto asegurar que la venta o arrendamiento de un edificio que haya estado en uso, que esté en la actualidad en uso o destinado a ser utilizado en el futuro como escuela, y que sea una propiedad que esté operada por una parroquia o la Arquidiócesis, no impida el éxito de cualquier Escuela Católica.