206 ELOGIOS Y RECUERDOS


Política:

La norma de la ley es que no haya elogios en una Misa Fúnebre. Dependerá del pastor de la parroquia determinar si un recuerdo será permitido en una Misa Fúnebre para su parroquia. Si un recuerdo es permitido, debe llevarse a cabo de acuerdo con los procedimientos que se enumeran a continuación. El clero visitante debe cumplir con la decisión del pastor y de esta política (GIRM núm. 382).

Procedimiento:

A) Si un pastor permite una rememoración, debe tener lugar inmediatamente antes del comienzo de la Liturgia del Funeral.

B) Debe limitarse a 3-5 minutos.

C) Sólo una persona debe representar a la familia y amigos. No se permiten múltiples rememoraciones.

D) El pastor puede solicitar un bosquejo escrito de los comentarios de recuerdo propuestos, si lo considera apropiado.

E) Los lineamientos litúrgicos actuales indican claramente que “en las Misas Fúnebres generalmente debe haber una Homilía corta, sin que sirva de exclusión un elogio fúnebre de cualquier tipo”.