102 Bautismo De Los Niños En Edad Infantil
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102 BAUTISMO DE LOS NIÑOS EN EDAD INFANTIL
El bautismo de adultos se considera normativo ya que refleja más claramente el proceso de conversión que es esencial para la iniciación cristiana, así como la unidad de los tres sacramentos de iniciación. Sin embargo, la forma más comúnmente celebrada es el bautismo de los infantes / niños que no hayan alcanzado la edad de la razón.
102. Política:
Un menor de 7 años es considerado un "bebé" con respecto al bautismo. El "infante" no se considera responsable de sí mismo o de haber alcanzado la "edad de la razón", CCI 97§2; 852§2
102. Política:
Los ministros ordinarios del bautismo son los obispos, sacerdotes y diáconos. En peligro inminente de muerte, cuando no haya ningún sacerdote o diácono disponible, cualquier miembro de los fieles, de hecho, cualquier persona con la intención correcta, puede y en ocasiones debe administrar el bautismo. Iniciación Cristiana, Introducción General, núms. 11, 16
102.1. FORMACIÓN DE PADRES (Y PATROCINADORES)
102.1.1. Política:
Se espera que los padres católicos que se preparen para el bautismo de sus infantes participen en un proceso de formación sacramental antes del bautismo de su hijo. Los patrocinadores también son alentados a participar en el proceso de formación. CIC 851§2
102.1.2. Política:
Las parroquias pueden colaborar con otras parroquias de la región para ofrecer preparación bautismal a los padres.
Procedimientos:
- La preparación bautismal de los padres puede tomar una variedad de formatos. No debe ser solamente al estilo de una conferencia, sino que debe involucrar la discusión y la participación de los participantes.
- La preparación bautismal no es solo responsabilidad del sacerdote o diácono. Los catequistas laicos también deberían ayudar con este ministerio. Es imperativo que todos aquellos que dirijan las sesiones de preparación para el bautismo reciban una formación adecuada, antes de dirigir las sesiones de preparación para el bautismo.
102.1.3. Política:
Se espera que los padres asistan a las sesiones de preparación bautismal antes del bautismo de cada niño. Esta es una excelente oportunidad para involucrar a los padres en la formación de adultos y las oportunidades del discipulado intencional. Cada niño los encontrará en un punto diferente en su propio camino de fe y, por lo tanto, se les recuerda la importancia de entrar en el proceso de preparación de nuevo con cada niño.
Procedimientos:
- Puede ser necesario realizar adaptaciones para los padres que participen en un programa de preparación habiendo ya participado con anterioridad en un programa de preparación bautismal para su primer hijo.
- Este ministerio para los padres debe verse como una guía espiritual o de formación y cuidado pastoral, y al mismo tiempo como una catequesis. La preparación de los padres para el bautismo de sus hijos debe caracterizarse por un amor sincero y una preocupación por la familia, un deseo de profundizar su relación con Cristo, con la familia de la Iglesia, y ayudarlos a llegar a una apreciación más profunda del bautismo y la propia vocación como padres cristianos.
- En el caso en que los padres no hayan sido completamente iniciados en la celebración del bautismo, la confirmación y la primera Eucaristía, un ministerio para los padres puede ser una oportunidad para alentar a los mismos a completar su iniciación.
- Es importante tener en cuenta que el bautismo de un infante es para el beneficio del niño, en lugar de aprovechar la situación para obligar a un padre a contraer matrimonio o completar sus propios sacramentos de iniciación. La fuerza indebida, como condicionar el bautismo de un niño en la validación del matrimonio de los padres, puede invalidar el matrimonio debido al consentimiento presionado. Debe recordarse que las leyes relativas a la administración de los sacramentos deben interpretarse de manera amplia ya que los fieles tienen derecho a ellas.
- Por lo general, no se puede rechazar una solicitud de bautismo infantil. Sin embargo, un bautismo puede retrasarse hasta que los padres o al menos uno de los padres estén listos y puedan asumir la responsabilidad confiada a los padres cristianos en el rito. Esta ocasión debe ser vista como una oportunidad para la evangelización, no imponiendo una carga excesiva a los padres, sino ayudándolos a crecer en la vida espiritual desde cualquier nivel de fe en el que puedan estar.
102.2. PATROCINADOR (padrinOS)
[El CIC usa el término ‘patrocinador’ para el bautismo de infantes y ‘padrino’ para el bautismo de adultos]
102.2.1. Política:
- En el bautismo de infantes, los padres se responsabilizan de elegir un patrocinador que servirá como buen testigo para vivir el Evangelio de Cristo. CIC 872
- El patrocinador bautismal puede servir luego como el patrocinador de la confirmación.
- Aunque la selección de dos patrocinadores es habitual, solo se requiere un patrocinador para el bautismo. Un patrocinador puede ser hombre o mujer. Si se eligen dos patrocinadores, uno debe ser masculino y otro femenino. CIC 873
- Un patrocinador debe tener al menos dieciséis años (a menos que el obispo indique lo contrario); ser alguien que haya completado la iniciación sacramental con la confirmación y Eucaristía; alguien que debe estar libre de cualquier pena canónica y por lo tanto libre para celebrar los sacramentos; y no debe ser la madre o el padre del niño para ser bautizado. CIC 874 §1.2 °, 3 °, 4 °, 5 °
- Un cristiano bautizado no católico puede ser elegido como testigo cristiano siempre que haya al menos un padrino católico. CIC 874 §2
102.3. BAUTISMO POR VERTIDO O INMERSIÓN
102.3.1 Política:
El bautismo se puede conferir por vertido o por inmersión. CIC 854
"El bautismo por inmersión es el signo más pleno y más expresivo de la Santa Cena. La preferencia por la inmersión sobre el derramamiento se afirma en el Rito. Rito del Bautismo para Niños Introducción núm. 18.2
102.3.2 Política:
En la Arquidiócesis de Baltimore, cada vez que se erige una nueva iglesia, se debe prever una fuente que permita por lo menos la inmersión de los niños, y para la inmersión de los adultos, si es posible. Ver Edificada con Piedras Vivas
Procedimientos:
En la construcción de una nueva iglesia o la renovación de una iglesia existente, la parroquia debe consultar con la Comisión de Construcción Arquidiocesana y la Oficina de Adoración con respecto a la construcción de la fuente.
102.4. HORARIOS Y PLANIFICACION DE LA CELEBRACIÓN
102.4.1. Política:
Con el fin de acentuar el carácter pascual del bautismo, la celebración del bautismo de infantes debería tener lugar normalmente los domingos, incluso durante la Misa. La celebración en el contexto de la comunidad parroquial transmite la dimensión comunitaria de las acciones litúrgicas. Rito del Bautismo para Niños Introducción núm. 9; CIC 837§2, 856
Procedimientos:
- La expresión mas completa del bautismo como incorporación a la iglesia se logra mejor a través de una celebración comunitaria que incluya a todos los que se vayan a bautizar en una ceremonia, teniendo a la asamblea presente para recibir a los recién bautizados en la comunidad.
- Los bautismos de infantes se pueden celebrar en una Misa dominical programada regularmente en un horario aceptado por el pastor / “PLD” (Director de Vida Pastoral) en consulta con otros en la parroquia. La frecuencia de celebración en la misa dominical dependerá de las necesidades de la parroquia. No es necesario que las parroquias programen el bautismo de los infantes todos los domingos. Una vez al mes es una práctica pastoral aceptable. Deben elegirse los días apropiados en el calendario litúrgico o en la vida de la parroquia.
- Los bautismos de infantes también se pueden celebrar en una misa del domingo de Pascua o en cualquiera de los domingos de Pascua. Si el infante que va a bautizarse es hijo de un catecúmeno adulto, ese niño debe ser bautizado en la Vigilia Pascual, de modo que el padre y el bebé se bauticen juntos.
- A menos que haya una necesidad pastoral genuina, los bautismos no deben programarse durante la Cuaresma, para que no disminuya la proximidad de la celebración de la Pascua con su fuerte enfoque bautismal.
102.5. LUGAR DE BAUTISMO
102.5.1. Política:
Como el bautismo incorpora al infante / niño a la Iglesia, debe celebrarse en la iglesia parroquial de los padres. La iglesia parroquial debe tener una fuente bautismal. Rito del Bautismo para Niños Introducción núm. 10; CIC 857, 858
102.5.2. Política:
No se permiten los bautismos en hogares privados, capillas de escuelas o de hospitales, excepto en casos de emergencia. Rito del Bautismo para Niños Introducción núm. 12,13; CIC 860
102.5.3. Política:
Un infante o niño que fue bautizado en una situación de emergencia puede ser llevado a la iglesia más tarde para completar la ceremonia del bautismo, pero omitiendo el vertido del agua. Rito de Bautismo para Niños, núm. 31§3, 165-185; Rito de Traer un Niño Bautizado a la Iglesia
Procedimientos:
- Cualquiera que bautice en caso de emergencia está obligado a informar al párroco de la parroquia para que el bautismo quede registrado en el registro de la parroquia en cuyo territorio se llevó a cabo el bautismo.
- La familia debe recibir información sobre la parroquia donde se registró el bautismo.
- El rito de llevar un niño bautizado a la Iglesia incluye la liturgia de la palabra, las intercesiones, la unción, la vestimenta con la vestidura blanca, la entrega de la vela encendida, la oración del Padre Nuestro, la bendición y el despido.
102.6. MINISTRO DEL BAUTISMO
102.6.1. Política:
El ministro ordinario del bautismo es un obispo, un sacerdote o un diácono. En peligro inminente de muerte, cuando un ministro ordinario de bautismo no pueda estar presente, una persona no ordenada puede servir como un ministro extraordinario de bautismo. Rito del Bautismo para Niños Introducción núm. 21§1; CIC 861; Iniciación Cristiana Introducción General, núms. 11, 16; Sacrosanctum Concilium 68
102.6.2. Política:
Los pastores deben proporcionar instrucción a los fieles cristianos sobre el ritual del bautismo en caso de emergencia. CIC 861§2; Iniciación Cristiana Introducción General, núm. 17, Rito del Bautismo para Niños núm. 157-164.
Rito del Bautismo para Niños en Peligro de Muerte cuando no haya ningún sacerdote o diácono disponible
Procedimientos:
- El rito más breve del bautismo debe ser utilizado para emergencias por el ministro extraordinario cuando surja la necesidad.
- El rito más corto también puede ser utilizado por los ministros ordinarios en situaciones de emergencia.
102.6.3. Política:
A menos que sea un caso de emergencia, los ministros ordinarios pueden celebrar el bautismo solo en su territorio de jurisdicción. CIC 862; Introducción General de la Iniciación Cristiana, núm. 17
102.6.4. Política:
El bautismo de un menor de catorce años o mayor debe diferirse al obispo, que puede delegar a un sacerdote para conferir el bautismo. CIC 863 Introducción General de la Iniciación Cristiana núm. 17